Las Autocaravanas comienzan a vencer la batalla a los furgones vivienda.

Real Decreto 1514/2018, de 28 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento General de Circulación, aprobado por el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre.

Pone de manifiesto las nuevas limitaciones de velocidad de los tipos de vehiculos y los tipos de vías, es por ello, que las Autocaravanas aventajan aun mas a los furgones vivienda, y se asemejan al 100% frente a los turismos, con accesorios, o antiguos turismos vivienda. Ver anuncio del BOE aqui 

 

Asi pues los distintos vehiculos quedaran de la siguiente manera, tanto en tipo de via, asi como maxima velocidad permitida:

Los furgones vivienda 2448 vuelven a tener una mayor diferencia frente a la conversion/reforma del vehiculo a Autocaravana, ya que ademas de la periodicidad de cada 6 meses a partir de los 10 años, a partir del 28 de enero del 2019, tendran que circular a 90 frente a los nuevos 120 km/h (antiguamente 100 km/h).

Llegados a este punto podriamos resumir el efecto de esta nueva reforma del Reglamento General de Circulacion como;

  • Si dispones de un Furgon Vivienda 2448,  tramitarlo como Autocaravana 3200, de una manera facil y sencilla, cumpliendo unos pequeños requisitos y mediante reforma.
  • Asi tambien si dispones de una Autocaravana 3148, ponte en contacto con nosotros para resolverte de manera facil y sencilla la tramitacion a Autocaravana 3200.
  • Las reformas en Turismos con accesorios 1000 para evitar el ya cancelado Turismo Vivienda 1048, ya no tiene razon de ser, al poderse tramitar como Autocaravana, ya que no hay diferencia en velocidad como anterioremente, y el seguro es bastante mas economico.

Ponte en contacto a traves de nuestra web www.msihomologacion.com  y te ayudaremos a tramitar  dichas conversiones de manera facil y sencilla.

Un saludo

El equipo de MSI HOMOLOGACION.